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Decisiones del dia 22/01/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 2334-2006 N° Sentencia : 074 Fecha: 22/01/2008
Procedimiento:
Perención De Instancia
Partes:
ELIA ROSA BARBOZA SOCORRO VS. DELIA RINCON DE URDANETA, LEONARDO URDANETA FINOL Y MARIA FINOL DE URDANETA
Resumen:
En Virtud de que el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Vigente, en su primer aparte, preceptúa textualmente: "...Toda instancia se extingue por el transcurso de un año (1) sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...", y como quiera que desde el día 10-11-2.006, fecha en que se efectuó el último acto procedimental en la presente causa, hasta el día de hoy, ha transcurrido un (1) año, lapso exigido en el referido primer aparte del artículo 267, sin que las partes hayan ejecutado algún acto de procedimiento que pudiera considerarse como interrupción de la perención, este Tribunal de acuerdo a la precitada disposición legal, y conforme a la facultad que le confiere el artículo 269 del mismo Código de Procedimiento Civil y el artículo 944 Ejusdem, considera que la instancia en este proceso está extinguida. ASI SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Rómulo Iriarte Padrón
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
arriba

N° Expediente : 2346-2006 N° Sentencia : 075 Fecha: 22/01/2008
Procedimiento:
Perención De Instancia
Partes:
MARIA ELENA VILLASMIL Y NERIO JOSE LEAL BOHORQUEZ VS. JOSE LINO SALAZAR
Resumen:
En Virtud de que el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Vigente, en su primer aparte, preceptúa textualmente: "...Toda instancia se extingue por el transcurso de un año (1) sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...", y como quiera que desde el día 01-11-2.006, fecha en que se efectuó el último acto procedimental en la presente causa, hasta el día de hoy, ha transcurrido un (1) año, lapso exigido en el referido primer aparte del artículo 267, sin que las partes hayan ejecutado algún acto de procedimiento que pudiera considerarse como interrupción de la perención, este Tribunal de acuerdo a la precitada disposición legal, y conforme a la facultad que le confiere el artículo 269 del mismo Código de Procedimiento Civil y el artículo 944 Ejusdem, considera que la instancia en este proceso está extinguida. ASI SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Rómulo Iriarte Padrón
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
arriba

N° Expediente : 2457-2007 N° Sentencia : 076 Fecha: 22/01/2008
Procedimiento:
Perención Breve
Partes:
DECIDERIO LUIS MOSQUERA DIAMANTE VS. SOCIEDAD MERCANTIL MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A.
Resumen:
"La citación es un acto procesal complejo, mediante la cual se emplaza al demandado para que de contestación a la demanda. Este acto procesal es formalidad necesaria para la validez del Juicio y es además, garantía esencial del Principio del Contradictorio, pues por un lado la parte queda a derecho; y por el otro cumple con la función comunicación de enterar al demandado que se ha iniciado un juicio en su contra y del contenido del mismo. La citación es entonces, manifestación esencial de la garantía del derecho a la defensa y elemento básico del debido proceso"
Juez/Ponente:
Rómulo Iriarte Padrón
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
arriba

N° Expediente : 2407-2007 N° Sentencia : 087 Fecha: 22/01/2008
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
AYLEN CARRILLO VS. EDGAR ALBERTO PÉREZ PIERA
Resumen:
Observa esta Juzgadora que la parte demandada en la persona del Defensor Ad-Litem, en su contestación de demanda, solo se limito a negar, rechazar y contradecir la demanda, y esta defensa en forma genérica, no es suficiente para destruir los efectos probatorios de los instrumentos acompañados por la parte actora junto al libelo de demanda, los cuales son apreciados por este Tribunal por ser instrumentos que merecen fe y que no fueron objeto de impugnación ni tacha, y aunado a esto durante el lapso probatorio la demandada no trajo a las actas probanza alguna para destruir lo alegado y probado por la parte actora referente a la falta de pago de los cánones de arrendamiento, y al respecto este Juzgador considera las siguientes normativas el artículo 506 del Código de Procedimiento Civil que a letra dice: Artículo 506 C.P.C.: Las partes tienen la carga de Probar sus respectivas afirmaciones de hecho. Quien pida la ejecución de una obligación debe Probarla, y quien pretende .....
Juez/Ponente:
Rómulo Iriarte Padrón
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
arriba

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