Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la inhibición presentada, en fecha 14 de noviembre de 2019, por la Doctora Lissette Verónica Calzadilla Párraga, actuando con el carácter de Juez Suplente de este Juzgado Nacional, en la causa que siguen los Abogados Thomas Agustín Materano, Jackson José Medina Romero y Anamey Castro Castro, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 150.021, 177.613 y 73.402, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: CON LUGAR la inhibición planteada.
TERCERO: Se ORDENA CONSTITUIR el Juzgado Nacional Accidental de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, .....