Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida por la sociedad INVERSIONES JAC, S. R .L., contra la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 06 de octubre de 2016.
• CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por el profesional del derecho EVERT ATENCIO, plenamente identificado en actas, en contra de la sentencia dictada por el a quo, en fecha 06 de octubre de 2016,
• SE MODIFICA el fallo apelado en relación a la exención en costa a la Sociedad Mercantil accionante, INVERSIONES JAC, S. R. L., en consecuencia;
• QUEDA MODIFICADO el fallo apelado.
Se condena en costas procesale.....