En razón de los Fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE, PRIMERO: DECRETA el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, acordada por este Juzgado, en fecha diecinueve (19) de septiembre del año 2013, por decisión Nº 1.796 - 2013, a favor del imputado ANGEL CIRO MORAN MORAN: quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Parroquia Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, nacido en fecha 16-01-1963, de 50 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.783.407, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector San Isidro, avenida 19, casa N° 7-47 a 6 casas del lavadero El Bandolero, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, contra quien.....