Por todas las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoado por la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil RUBI MOTORS, C.A., en la persona de su Presidente, ciudadano PEDRO EDUARDO BATISTA MORALES; en consecuencia:
• PRIMERO: Se suspende la Medida Preventiva de Embargo, decretada por este Tribunal en fecha 01 de Febrero del año 2.010.
• SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DIARÍCESE Y DEJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín,.....