Por todos los fundamentos anteriormente expuestos este juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256 en sus ordinales 3° y 9°, a favor del ciudadano JOSE DE JESUS SANCHEZ RUIZ, Venezolano, natural de Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, de 23 años de edad, con fecha de nacimiento 21-09-1.982, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 18.696.560, hijo de Avilio Sánchez y de Alejandrina Ruiz, domiciliado en el Barrio La Bandera, calle 23, casa s/n, al lado de un negocio de Víveres, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien la Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público le atribuye la comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Códi.....