Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Estadal Segundo en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acto procesal de composición voluntaria interpuesta por la ciudadana MIRIAM PIRELA SANCHEZ, cedula de identidad Nro. V.- 7.624.681, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 34.608, actuando en su propio nombre y representación, en contra de la CONTRALORIA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, representada por la Abogado NEILA THAIS ROMERO VILLEGAS, inscrita en el inpreabogado Nro. 28.947, actuando en nombre y representación del Municipio Miranda del Estado Zulia, en su carácter de Sindica Procuradora Municipal de Miranda del Estado Zulia, en el acuerdo transaccional solicitan el cierre correspondiente y archivar el expediente respectivo, el cual adquiere fuerza de cosa juzga.....