DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la Sociedad Mercantil Transporte Sarco, C.A. "TRANSARCA, C.A", representada por su Presidente, ciudadano GERARDO JOSE SARCOS GONZALEZ, todos plenamente identificados en actas; específicamente la contemplada en el ordinal 7° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la existencia de una condición o plazo pendientes. .
• Se ordena la continuación de la presente causa hasta la etapa de dictar sentencia, lapso en el cual se suspenderá la misma hasta tanto conste en actas el cumplimiento de la condición pendiente, conforme a lo dispuesto en los artículos 884 y 886 en concordancia con lo establecido en el artículo 355 del Código de Procedimie.....