En razón a las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia y Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con lugar la incidencia de tacha propuesta, la cual se sustanciare con el alfanumérico NH12-X-2023-000001. Segundo: Parcialmente con Lugar la demanda incoada por la Ciudadana Angelín José Ramírez Toro, contra la entidad de trabajo Petreven Servicios y Perforaciones Petroleras, C.A., ya antes identificados