Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos MIGUEL ANGEL FIGUEROA ESCOBAR y MILAGROS DEL VALLE CLAVIER ATAY, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad N° V- 10.301.129 y 8.368.029, respectivamente y de este domicilio, Asistidos por el abogado CIRO ORTA RORIGUEZ, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 16.649 de este domicilio, civil según consta de Matrimonio civil celebrado por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, e.....