... velando por el cumplimiento del debido proceso manteniendo en igualdad de condiciones a las partes actuantes en el juicio, permitiendo el cabal ejercicio del derecho a la defensa, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en atención a la facultad que por imperio de la ley le es otorgada al juez que conoce del proceso, acuerda dejar sin efecto el auto dictado por este Tribunal en fecha 14.05.2018, y en consecuencia, se ordena el nombramiento del defensor judicial correspondiente a los sucesores desconocidos de la finada ROSA EUGENIA MILLÁN SALAZAR, plenamente identificada en autos, en auto aparte, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 232 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE.