Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha Diecisiete (17) de Mayo de 2012, por los ciudadanos: JACKSON JOSEPH HERNANDEZ GARCES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.454.159, domiciliado en la Urbanización Campo Verde, Avenida 7, Casa N° 18, Tía Juana, Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio JOSE TOMAS QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.659, y FIDELIA MARGARITA LUGO DORANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.703.371, domiciliada en la Avenida 41, casa N° 236, Sector Campo Mío, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, asistida.....