En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por los ciudadanos RICHARD ALEXANDER RUIZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-7.089.071, en su condición de Representante legal de la Sociedad Mercantil GALA SHOP, C.A, asistido por el abogado en ejercicio SCHLAYNKER J. FIGUEROA, inscritos en el Inpreabogado 80.073, parte demandada y el ciudadano SAKI NICOLAS RAHAL, RICHARD ALEXANDER RUIZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-7.089.071, Parte Demandante, en fecha 13 de Mayo de 2010,.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. TERCERO. Se suspende la medida de Secuestro decretada en fecha 23-04-10 por este Despacho y practicada en fecha 29-04-2.010, por el Juzgado Primero Ejecutor de medidas. Incorpórese el Cuaderno de medidas al expediente principal Nº 1.494-10, de conformidad con lo establecido por el artí.....