II
DECISIÓN:
En virtud de las precedentes consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento realizado por el abogado Gabriel Puche Urdaneta, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN DIAZ, antes identificados, actuando como parte querellante en el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado contra el MUNICIPIO MARA DEL ESTADO ZULIA.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y ARCHÍVESE EL EXPEDIENTE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3º y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Superior en .....