DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA para el penado RODARYS ALENNYS GUANAGUANEY, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.092.434, la REDENCION JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, según lo establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un (1) día de reclusión por dos (2) de trabajo o estudio, reduciéndose la pena anterior de OCHO AÑOS Y CUATRO MESES, a SEIS AÑOS, NUEVE MESES, Y VEINTISEIS DIAS, fijándose el cumplimiento total de la pena para el 01-10-2011 a las 12:00 de la noche, todo ello por cuanto se constató que el mismo ha laborado en el Internado Judicial de la Entidad por un tiempo total de TRES AÑOS, Y OCHO DIAS, quedando del tiempo de tr.....