Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus BETULIO JOSÉ MENDEZ MARMOL; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 11.456.242; fallecido el día once (11) de febrero de 2017, en jurisdicción de la parroquia Jorge Hernández del municipio Cabimas del estado Zulia, a los ciudadanos ANDREA YARITZA DUNO MARTÍNEZ Vda. de MENDEZ y LARRY JOSE MENDEZ DUNO, venezolanos, mayores de dad, titulares de las cédulas de identidad números 14.234.115 y 19.831.077, respectivamente, domiciliados en el municipio Cabimas del estado Zulia, en sus condiciones cónyuge e hijo, respectivamente, del causante. Se dejan a salvo .....