Por lo expuesto, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto a nombre de la empresa demandada TERMINALES MARACAIBO C.A., contra la decisión de fecha 14 de junio de 2005, y de su aclaratoria en fecha 04 de octubre de 2005, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, que conoció de la demanda intentada por el ciudadano NELSON LUIS BARBOZA, en reclamación de diferencia de prestaciones sociales; 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NELSON LUIS BARBOZA, frente a la sociedad mercantil TERMINALES MARACAIBO C.A, por lo que se condena a la demandada a pagar al ciudadano NELSON LUIS BARBOZA, la cantidad de 260 mil 306.....