PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud efectuada por la defensora pública N° 9, Dra GEOMAR PEREZ, en su carácter de Defensora del adolescente imputado (se omite el nombre e identidad del adolescente imputado), ya que los supuestos por el cual se sustituyo la detención preventiva de libertad recaída al adolescente imputado por las medidas cautelares previstas en el articulo 582 literales "C, D, F de la mencionada ley no han variados, en la presente causa por lo que se mantiene las medidas decretadas al adolescente(se omite el nombre e identidad del adolescente imputado) ; todo de conformidad con lo previsto en los antes artículos 250, 251, 252 y 264 236 , 237 , 238 del Código Orgánico Procesal Penal vigente antes artículos 250, 251, 252 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por expresa disposición del artículo 537 de la ley especial que rige la materia, en concordancia con el artículo 548 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. ; asi como a.....