En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, (plenamente identificado) por el lapso de SEIS (06) MESES, quien ha cumplido con dicha medida por el lapso TRES (03) MESES, faltándole por cumplir TRES (03) MESES. Impóngase del presente auto al sancionado. Se fija como fecha de próxima revisión el 22 de Junio de 2011. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado.