Por los fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por la profesional del derecho WILSON RUEDAS Y WILLIAM SIMANCAS, portadores de la cedula de identidad V-10.414.309 Y V-4.161.902 inscritos en el INPREABOGADO bajos los N° 261.958 y N° 51.986, respectivamente actuando en carácter de defensores privados del ciudadano, hoy imputado LENIN JOSE MENDOZA ESPINA, identificado en actas.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° decisión N° 1186-16, de fecha 26 de diciembre de 2016, dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el Tribunal de Instancia, entre otros pronunciamientos declaró: ..."PRIMERO: CON LUGAR la aprehensión del ciudadano LENIN JOSE MENDOZA ESPI.....