En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2.009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las Competencias de los Juzgados administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MIGUEL GERONIMO GRATEROL, ya identificado, a los ciudadanos JOSE GREGORIO GRATEROL ROSALES, ROMER ROBINSON GRATEROL ROSALES, YEINS RAMON GRATEROL ROSALES, YDSOLINA MAGGALIT GRATEROL ROSALES, YOSELIN ANTONIA GRATEROL ROSALES y YELAINE DE LA CRUZ GRATEROL ROSALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 10.601.180, 10.596.288, 11.886.047, 11.893.262, 15.068.724 y 15.068.725 respectivamente, en su condición de esposa e h.....