Solicitud Nº 795
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA
Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados
Cabimas, veintiuno (21) de Febrero del año dos mil trece (2.013).
-202º y 153º-
Vista la solicitud de Justificativo Judicial de Testigo, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, Ciudadano: ANTONIO JOSE VEGA CASTRO, venezolano, mayor de edad, de sesenta años (60) años de edad, titular de la cédula de identidad número 5.177.896 y domiciliado en el Sector La Rosa Vieja, Calle Porvenir, Casa N° 136, en jurisdicción del Municipio Cabimas, estado Zulia; sin perjuicio de tercero de iguales o mejores derechos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara las actuaciones como JUSTIFICATIVO JUDICIAL DE TESTIGOS; a favor del solicitante, Ciudadano: ANTONIO JOSE VEGA CASTRO, titular de la cédula de identidad número V-5.177.896.
La Jueza,
(fdo)
Dra. Migdalis del Valle Vásquez Matheus.
La Secretaria,
(fdo)
Dra. Zulay Raquel Barroso Ollarves.
El presente justificativo de testigos, quedó registrado bajo el número de decisión de auto N° 46-2.013.-
La Secretaria,
(fdo)
Dra. Zulay Raquel Barroso Ollarves.
MVVM/zrbo/hrmb.-
La Suscrita Secretaria de éste Juzgado, hace constar que el anterior fallo es copia fiel y exacta de su original. Hay sello en tinta del Tribunal. LO CERTIFICO. Cabimas, veintiuno (21) de Febrero del 2.013.
LA SECRETARIA,
Dra. ZULAY RAQUEL BARROSO OLLARVES.
MVVM/zrbo/hrmb.-
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