Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos: ROMULO JOSE ORTA MIERES e IRAIDA CARABALLO RODRIGUEZ, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cedulas de Identidad N°: 4.339.722 y 5.548.227, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada: OMERIDA NUÑEZ FERMIN, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 125.811, que contrajeron matrimonio en fecha 18 de Septiembre de 1.978.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA Y REMITASE OFICIOS A LA OFICINA DEL REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO NUEVA ESPA.....