declara:
a) CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Partida de la Partida de Nacimiento Nº 416, correspondiente a la adolescente BETY JOHANA MONTIEL GONZÁLEZ, realizada por el ciudadano JESÚS MONTIEL, por los motivos expuestos en la parte motiva de la presente decisión.
b) De conformidad con los artículos 17 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena Oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Alta Guajira del Municipio Páez del Estado Zulia y a la Oficina del Registro Principal del Estado Zulia, a los fines que se sirva estampar en el original y duplicado, de la Partida de Nacimiento Nº 416, correspondiente a la adolescente de autos, sin hacer alteración de la partida, y al margen de esta última una nota marginal señalando que al momento de identificar al progenitor, ciudadano JESÚS MONTIEL, lo correcto es hacerlo con el número de Cédula de Identidad V- 10.608.205. De igual forma, asentar correctamente el nombre y apellido de la progenitor.....