DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la ciudad de Maracaibo, actuando como Tribunal Constitucional de Primera Instancia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL seguida por la ciudadana BETTY COROMOTO CARRIZO MATERANO, en contra de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMOS DE LOS OBREROS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA, (CAPREOLUZ), declara:
1. SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la presente querella de amparo constitucional, en razón de lo cual, se ordena:
2. Notificar a la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMOS DE LOS OBREROS DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA, (CAPREOLUZ), en la persona de PRESIDENTE O DE CONSEJO DE ADMINISTRACION, para que concurra al Tribunal a conocer el día en que se celebrará la audiencia oral, .....