PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el ciudadano, ADONAY ANTONIO BRACHO URDANETA, en su carácter de víctima por extensión, asistido por el abogado GERARDO VILLASMIL PARRA.
SEGUNDO: REVOCA la Decisión Nro. 003-18, dictada en fecha 16 de enero de 2018, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
TERCERO: ORDENA mantener al ciudadano, ADONAY ANTONIO BRACHO URDANETA, en su carácter de víctima por extensión, como acusador particular propio en el presente proceso penal, en atención al artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal, como había sido declarado por el juez al término de la audiencia preliminar.
CUARTO: INSTA al tribunal de Instancia que de manera inmediata inicie el juicio oral y público en la presente causa, en virtud que la administración de justicia no puede decaer en su actuación judicial, sin perseguir como último objeto la sentencia definitiva, en vir.....