El Tribunal ORDENÓ Mantener la sanción de Libertad asistida y las reglas de conducta, las cuales son . 1. La prohibición de comunicarse con la victima.- 2.- La obligación de continuar con sus estudios, con la obligación expresa de presentar constancia de estudios, de notas y de buena conducta. 3.-Prohibición de salir después de las 10:00 de la noche sin sus representantes 4.- La Prohibición de ingerir bebidas alcohólicas. 5.-La obligación del adolescente de acudir a la iglesia los días domingos de cada semana, con su Representante Legal, representado el libre credo que profesa el adolescente, consignando ante el Tribunal de Ejecución constancia firmada por el Pastor de la Iglesia, teniendo como ase legal para imponerla, este Tribunal el articulo 34 y 35 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente de modo que contribuya a su desarrollo integral, este juzgado acuerda imponer otra regla de conducta como los es la: 6.- La prohibición del adolescente de verse invol.....