De la lectura de las inspecciones antes señaladas, constata este Tribunal la concordancia de las peticiones contenidas en ambas, señaladas en los particulares primero, segundo y tercero, representando ambas profesionales del derecho a la Sociedad Mercantil INVERSIONES RECREATIVAS OCCIDENTE, C.A, supra identificada, por tanto, existiendo plena coincidencia con lo peticionado en la solicitud Nº S-3718, misma en la cual este Tribunal fijara día y hora para su realización, encontrándose cubierto lo requerido a favor de la empresa antes mencionada, es por lo que resulta forzoso para este Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, NEGAR la inspección judicial solicitada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES RECREATIVAS OCCIDENTE, C.A., por intermedio de su apoderada judicial, abogada BETSY COLMENTER DE MARTINEZ.- Así se decide.