PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano EDUARDO LUIS MOLERO PEREZ, contra la Sociedad Mercantil OPERADORA ROLLERTEC CLUB, C.A.,.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales al ciudadano EDUARDO LUIS MOLERO PEREZ, por la cantidad de DIEZ MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 49/100 BOLÍVARES (Bs. 10.372,49), monto arrojado por el recalculo efectuado y revisado por esta sentenciadora. Asimismo, se ordena cancelar intereses de prestaciones sociales causados durante la relación laboral; y de conformidad con lo establecido en el artículo 108 de.....