En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN celebrada entre HUMBERTO B., LA ROSA, inpreabogado Nº 37.239, parte intimante y por otra parte EVER CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 4.530.096, inpreabogado Nro. 29.713, actuando en nombre y representación de la empresa TRANS-ADRIATICA DE TRANSPORTE C.A., suficientemente identificados en el encabezamiento de esta decisión; en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos legalmente exigidos para tales efectos.
Se acuerda oficiar por auto separado y en su debida oportunidad a la entidad Bancaria Bicentenario, Agencia Maturìn, a los fines de que hagan los trámites correspon.....