Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta fecha 27 de noviembre de 2006, por el abogado en ejercicio, Edgar Romero, actuando como apoderado judicial de la parte demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Eduardo Enrique Álvarez, en contra del ciudadano, Daniel Enrique Navarro Díaz; en consecuencia el demandado reconviniente deberá hacer entrega y devolver a la parte actora el vehículo automóvil, Marca: Chevrolet, modelo: Malibu, año: 1981, color: plata, placa VCW537, clase: automóvil, tipo: sedan, uso: particular, serial de carrocería: D1T69ABV324434. TERCERO: SIN LUGAR, la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por la parte demandante reconvenida en la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES.....