este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen y Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO Y POR LO TANTO, INJUSTIFICADO EL DESPIDO del cual fue objeto el ciudadano, JACKSON FLORES por parte de la sociedad mercantil INVERSIONES MARPAFI en virtud de la admisión de los hechos por la incomparecencia de la demandada al inicio de la Audiencia Preliminar.
SEGUNDO: Se ordena EL REENGANCHE del ciudadano JACKSON FLORES, a sus labores habituales de trabajo, con el consiguiente PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS, a razón de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES con 00/100 CENTIMOS (Bs.2.500,00), mensuales, calculados desde la fecha de notificación de la parte demandada, esto es desde el día (2.....