Por todo lo antes expuesto, este Juez Unipersonal, para garantizar el disfrute pleno y efectivo del derecho a un nivel de vida adecuado a favor de los niños, niñas y/o adolescentes de actas, declara procedente la Medida Preventiva de Embargo sobre un cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones Sociales, en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte que le correspondan al demandado ciudadano YUNIOR RAFAEL PADRON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.175.372, como trabajador de la empresa PDVSA PETROLEO, S.A..- Así se establece.-
PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con competencia en Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta:
A. Un Cincuenta por .....