En fuerza de las anteriores consideraciones, ésta Juez Unipersonal Nº 1 de la Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: VALENTIN ROMERO REINOSO, Español, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad No. E-205.779 y VALLE DE JESUS NUÑEZ TOVAR, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nos. V- 5.398.222, respectivamente con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Piar del Estado Monagas, en fecha 23-04-1982.-
√ Comunidad de bienes gananciales: Los cónyuges no declararon en su escrito no haber adquirido ninguna clase de b.....