En fuerza de los anteriores fundamentos, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA LA DECISIÓN CONSULTADA, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal actuando como Tribunal Constitucional de fecha 03 de agosto de dos mil cuatro (2004), mediante la cual declara Improcedente el Amparo interpuesto por el abogado HERNAN LINARES FIGUEROA, en contra del Ciudadano Capitán JOSÉ ALADINO CHOURIO LUZARDO de la Guardia Nacional, Comando de Operaciones, Comando de Vigilancia Costera, Destacamento de Vigilancia Costera N° 910 del estado Nueva Esparta por haber cesado el derecho constitucional que se denuncia violado, como lo es la libertad personal. ASI SE DECLARA.
Regístrese en el Libro Diario, publíquese y notifíquese la presente decisión, a las partes, remitiéndose la pres.....