Por las razones expuestas este Juzgado Cuarto de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, ADMITE la pretensión de amparo constitucional incoada por la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A., en contra de los ciudadanos Noraima Cepeda, Yadira Villasmil, María Luisa Sánchez, María Barboza, Roque González, Maurelis Bohórquez y Ángel Soto, antes identificados, y, en consecuencia, ordena lo que a continuación se detalla:
1. NOTIFICAR por boleta a los presuntos agraviantes ciudadanos Noraima Cepeda, Yadira Villasmil, María Luisa Sánchez, María Barboza, Roque González, Maurelis Bohórquez y Angel Soto, con el objeto de que tengan conocimiento de la admisión de la presente acción de amparo constitucional incoada en su contra, haciéndoles saber, que una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas.....