En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana YURILMA DEL CARMEN HUERTA PORTILLO en contra del HOSPITAL DR. HUGO PARRA LEON, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales, otros conceptos laborales y salarios caídos.
SEGUNDO: Se ordena al HOSPITAL DR. HUGO PARRA LEON, pagar a la ciudadana YURILMA DEL CARMEN HUERTA PORTILLO, las cantidades detalladas expresamente en el fallo definitivo.
TERCERO: Se ordena la indexación correspondiente sobre las cantidades determinadas y acordadas por este Tribunal, en los términos expresados en el fallo definitivo.
CUARTO: Se ordena el pago de intereses de mora sobre las cantidades acordadas por este Tribunal de.....