Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la incidencia de IMPUGNACIÓN DE PODERES, surgida en el juicio que por NULIDAD DE ACTAS DE ASAMBLEA, fuere incoada por el ciudadano JOSÉ FRANCO RATTO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° 9.786.723, en contra de los ciudadanos GIUSSEPPE FRANCO MONGILLO, JEANNETTE SANABRIA GOMEZ, CARMEN
FERRER HERNÁNDEZ y GIOVANNI FRANCO SANABRIA, los dos primeros extranjeros, y el resto venezolanos, todos mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nos, E- 81.267.942, E-1.030.543, V-9.786.723, y V-19.212.444, respectivamente, y en contra de la sociedad mercantil INDUSTRIA DE AREPAS UNIÓN, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zuli.....