Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: DIONICIO DE JESUS MORALES AMESTY Y ROSA MARIA LEON DE MORALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos .V- 14.845.205 y V- 4.330.189 y V- 5.773.535 respectivamente, domiciliados en jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Javier Luis Ortigoza Finol, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.041 y domiciliado en jurisdicción del Municipio Colón, Estado Zulia, el veinticuatro de Diciembre de Mil Novecientos Setenta y Siete, por ante el Registro Civil del Parroquia Santa Cruz, Municipio Colón, Estado Zulia, ta.....