Por los fundamentos expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA HOMOLOGADA LA LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, SE LE IMPARTE SU APROBACIÓN Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA a la solicitud formulada por los ciudadanos JOSEFINA DEL CARMEN ESCALONA RODRÍGUEZ y MARTÍN JESUS MARÍN, venezolanos, mayores de edad, Divorciados, titulares de las cédulas de identidad números 4.527.438 y V-5.715.066, respectivamente, domiciliados en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, asistidos por el Abogado en ejercicio JOSÉ TOMAS QUINTERO ORTIZ y YELITZA BETANCOURT, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 57.659 y 47.475, respectivamente. Ofíciese en la forma solicitada.
No hay condenatoria en costas en razón de que la homologación obedece a la propia volunt.....