Regístrese la presente resolución y notifíquese a las partes a través del Departamento de Alguacilazgo. Impóngase al penado de la presente, estando debidamente asistido por su Defensa, la cual se solicitará a la Coordinación de la Defensa Publica de esta circunscripción, por cuanto el mismo fue asistido por el Defensor Público Vigésimo Noveno, quien no es competente para asistir al penado en esta fase; también se ordena oficiar al ciudadano Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo Copia Certificada del presente cómputo y solicitando el traslado del penado MIGUEL ANGEL TISOY DOMINGUEZ, a este Tribunal para el día 30-06-2008, a las once horas y treinta minutos de la mañana (11:30am), a los fines de imponerlo de la presente decisión. Igualmente se ordena Oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia remitiendo Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria dictada por el Juzgado Cuarto de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, .....