PRIMERO: CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCION, realizado por la la apoderada judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL GENERAL MOTORS ACCEPTANCE CORPORATION DE VENEZUELA C.A y el ciudadano LUIS GUILLERMO CRISTALINO, actuando en nombre propio y en representación de la Sociedad Mercantil MAUCA C.A., en su condición de accionado, en consecuencia se Homologa la misma dándole el carácter de Cosa Juzgada, quedando extinguido el proceso.
SEGUNDO: El Tribunal se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en acta el cumplimiento de las obligaciones contraídas.