Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY", PRIMERO: Admite en todas y cada una de sus partes la acusación presentada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, y la calificación de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458 en concordancia con el primer aparte de los artículos 80 y 83, y Artículo 277, todos del Código Penal Venezolano, así como los elementos probatorios contenidos en la misma. SEGUNDO: CONDENA al acusado LUIS ALBERTO MOTA ROJAS, venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 12-03-1981, de 30 años de edad, Estado Civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Alicia Raojas (v) y Luis Mota (v), Titular de la Cédula Identidad Nº 16.516.161,.....