Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el profesional del Derecho MIGUEL ANGEL GONZALEZ, en su carácter de defensor del ciudadano ARISTEL JOSÉ BARRAEZ, ya identificado, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Municipio Rosario de Perijá del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 26 de Abril de 2005, en la causa seguida en contra de los ciudadanos CARLOS JOSÉ PAZ GONZALEZ, CARLOS PALMAR, RAMÓN NAVARRO FONSECA y ARISTEL JOSÉ BARRAEZ, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO DE GANADO MAYOR, previsto y sancionado en el artículo 10, numerales 3 y 4 de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera, y, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión apelada.