DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE PRUEBAS , que le fuera impuesto al momento de otorgarle el beneficio de Libertad Condicional al penado PEDRO MANUEL ACEVEDO PELUFFO, de nacionalidad Colombiana, de 37 años de edad, casado, comerciante, hijo de Ana Peluffo y Juan Mendoza, y residenciado en el Barrio El Cardonal Norte, calle 34 N° 37-50 de Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en cordancia con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal . Por lo que se ordena oficiar al ciudadano Director de Prisiones del Ministerio de Interior y Justicia, División de Antecedentes Penales, Caracas Distrito Capital, a los fines de notificarle de la presente decisión. Igualmente al ciudadano .....