PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Juez Unipersonal No. 1 Provisorio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana MILEIDY DEL CARMEN MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.843.093, y domiciliada en el Municipio Autónomo Cabimas Estado Zulia, actuando en representación legal del niño de autos, para que reciba directamente por las siguientes instituciones y entidades: UNIVERSIDAD DEL ZULIA, INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, FEDERACIÓN MÉDICA, CAJA DE AHORROS DEL PROFESORADO DEL ZULIA (IPPLUZ), BANCO MERCANTIL y BANESCO las sumas de dinero que le pueda corresponder al niño ALEXIS DAVID MEDINA MALDONADO, como acervo hereditario, en virtud del fallecimiento de su padre el ciud.....