, se declara incompetente para conocer y decidir la presente solicitud intentada por los ciudadanos ISMAEL JOSÉ VALERA e HILDA ROSA ALFONZO JIMÉNEZ, asistidos por la abogada DANIELA MATA y en consecuencia, DECLINA SU COMPETENCIA, en uno de los Juzgados de Municipio con competencia territorial en los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta quien es el competente por la materia, a los fines que siga conociendo del presente asunto.