V
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 27 de enero de 2016, por el abogado OLIVER OSTEICOECHEA, en su condición de apoderado judicial del ciudadano DEIVIS VERGES.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha veintidós (22) de enero de 2016, en el juicio que por DECLARATORIA DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoare el ciudadano DEIVIS VERGES, contra la ciudadana MALLERBY ESIS, declarando la existencia de la unión concubinaria de los prenombrados ciudadanos durante el periodo comprendido desde el año 2006 hasta el mes de .....