Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el abogado Carlos Rodolfo Machado Del Gallego, con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos OLGA SEGA CAMPOROTA, GIANNI CAMPOROTA SEGA, SUSANNA CAMPOROTA SEGA Y MARIO CAMPOROTA SEGA. SEGUNDO: SE ORDENA a la ciudadana Sorel Mary León Zapata, Registradora del Tercer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, SE ABSTENGA de protocolizar, todo acto jurídico tendente a constituir o extinguir, la vida jurídica de la asociación civil "Equipo De Baloncesto Gaiteros", ello hasta tanto se decida el fondo de la presente acción de amparo. TERCERO: SE ORDENA al ciudadano Paúl Antonio Romero Ferrer, SE ABSTENGA de ejercer las funciones de Presidente de la asociación c.....