DISPOSITIVA.-
Por los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por resolución de contrato de arrendamiento y cobro de bolívares incoara el ciudadano GIOVANNI FRANCO MONGILLO, contra el ciudadano MOHAMAD SALEM JAMAL ABOUD-LTAIF, todos previamente identificados.
En consecuencia, se condena al ciudadano MOHAMAD SALEM JAMAL ABOUD-LTAIF, al pago de la cantidad de OCHO MIL CIEN BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 8.100,oo), por concepto de los cánones de arrendamientos correspondientes a los meses Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto del año 2010, calculados a razón de MIL SEISCIENTOS VEINTE BOLÍVARES (Bs. 1.620,00) cada uno.
Asimismo, se ordena al ciudadano MOHAMAD SALEM JAMAL ABOUD-LTAIF, hacer entrega formal del inmueb.....